domingo, 24 de enero de 2016

la Idea de la Justia en Platón

Gente aquí va mi PEC de Historia de la Filosofía, nuevamente estoy muy orgullo de haber realizado semejante truño infimable y poco comprensible, pero ya sabéis, esto es filosofía....
Si tenéis ganas, a leer toca...



La Idea de la Justicia en Platón

Estructura:
     a)    Introducción
     b)   El problema del conocimiento de la Justicia
     c)    La Justicia como virtud
     d)   La Justicia como bien
     e)    La Justicia desde sus efectos
     f)     Conclusión

Introducción
Esta discusión trata de comprender la idea de Justicia[1], así como el conocimiento de la misma, desde la teoría del ser y la teoría del conocimiento del ser-pleno que ofrece Platón como doctrina fundamental.
La posición de partida de Platón es el reconocimiento de la falta de precisión en el uso de las palabras, e incluso la falta de conceptos o definiciones en las conversaciones comunes; donde se pretende saber cómo es la virtud, la Justicia o el conocimiento mismo sin saber lo que sean estos y la respuesta que da un ejemplo no es una respuesta válida a la pregunta.
De esta manera quiero explicar el proceso (dialéctico) que nos muestra Platón en  La República, creando una reconstrucción de cómo se aplican las ideas previas de ser pleno (virtuoso) y de conocimiento (saber) a la Justicia. (Qué es la Justicia, cómo o mediante qué proceso se alcanzará la idea de Justicia)

El problema del conocimiento de la Justicia
EL problema de saber qué es la Justicia tiene como base obligada la solución al problema de qué es el saber o el conocimiento, pues para alcanzar el conocimiento de la Justicia es necesario saber lo que sea el conocimiento.
Platón mismo refiere este planteamiento cuando se pregunta por lo que es el conocimiento en sí mismo y no admite como respuesta este o aquel otro ejemplo de conocimiento, pues el pregunta por lo uno e idéntico que se da en cada uno de los casos particulares.
Así, respecto al conocimiento, se hace el mismo planteamiento que respecto a otros grupos de cosas, como las Justicias particulares, las virtudes particulares, las bellezas particulares, etc… y se admite en cada una la existencia de algo idéntico, de modo que ya se está dando la respuesta para el caso del conocimiento, puesto que dice que lo idéntico a todos los conocimientos particulares es el captar lo infalible, el ser que siempre es y lo es para todos, al contrario que en una opinión.
Se dice al mismo tiempo que el conocimiento es lo que es siempre (lo infalible) y la virtud lo que es siempre, la Justicia lo que es siempre…
Lo que es siempre es el objeto del conocimiento (por lo que se dice que es algo infalible) es decir la forma-idea y esto incluye al propio conocimiento como objeto de sí mismo en la reflexión: El conocimiento del conocimiento, el saber qué es el saber y no este o aquel saber.
El conocimiento o saber es captar lo que es siempre.

La Justicia como virtud
La Justicia es referida como virtud, por lo que Platón tiene que decir lo que sea la virtud. Esta es la “capacidad de procurarse lo que es bueno” (y de evitar lo malo) pero aún de un modo más general la virtud es la capacidad que tiene las cosas (tanto las producidas y artificiales como las nacidas) de hacer la tarea que les es propia. Por lo tanto, cada cosa tiene una tarea propia o función a realizar y debe tener una virtud propia de esa tarea o capacidad de realizarla. Así por ejemplo, los ojos tiene la tarea de ver y la virtud o capacidad de realizar esa tarea (virtud propia o virtud asociada a esa tarea), la capacidad de ver en este caso[2].
La Justicia debe de ser una virtud del alma aunque se pueda objetar a Platón que también ha de serlo del cuerpo, a tenor de la definición final que doy de justica como armonía entre partes-tareas propias y considerando que el cuerpo es también un agregado de partes con tareas funcionales propias.
Al decir que la Justicia es una virtud del alma se interpreta, que el alma tiene tal virtud pero no que esta sea exclusiva de ella.
La justica será la virtud propia de alguna tarea propia del alma, pero como esta consta de tres parte o es una fuente anímica que puede girarse y tomar tres direcciones, lo que viene a decir Platón es que el alma tiene tres partes que tiene su tarea propia y por tanto su virtud propia o capacidad de realizar esas tareas.
Según esto la Justicia será una virtud de carácter global o aglutinante, en el sentido de que permitirá que partes que de alguna manera coexisten (entran en simbiosis) realicen sus tareas propias conforme a sus virtudes propias; o sea, hace posible una simbiosis de virtudes que es la base de una simbiosis de partes y actividades. De esta manera Platón ya define lo que puede ser la Justicia, aunque no diga explícitamente que “la Justicia es que cada parte realice su tarea propia” o que “la Justicia es que cada parte realice su tarea propia” o que “la Justicia es armonía entre las partes” por cuanto realiza su propia tarea. Esto es una consecuencia inevitable de combinar los conceptos de tarea y virtud propias como aceptación de que la justica es una virtud del alma en su conjunto no de una parte misma.

La Justicia  como bien
Si la Justicia es una virtud del alma como totalidad, entonces también lo es de la ciudad como un todo[3], pues es algo (una virtud o capacidad) que se dice del todo cuando se afirma que hay justica en tal o cual ciudad[4] (o por lo tanto, en cual o tal alma). Si el bien de cada cosa es que realice su tarea propia (que realice la actividad que por naturaleza está llamada a realizar) la virtud puede ser redefinida como la capacidad de cada cosa (lo que fuere, algo producido o nacido) de alcanzar su bien, o sea, de realizar su tarea propia.
Según esto la virtud (como capacidad de cada cosa de realizar su propia tarea) es un bien, puesto que al permitir alcanzar un bien ha de ser a su vez algo bueno.
Cada parte del alma realiza una tarea ordenada a la obtención de un objeto (respectivamente placer, honor, conocimiento) que habrán de ser considerados como bienes, de este modo la virtud es un bien que permite que cada cosa obtenga su bien tanto en el sentido de que realice su actividad propia (lo que es ante todo su bien, por lo que podemos deducir de lo que dice Platón) como en el de obtener el objeto que persigue ya que todo arte y en general toda actividad, van dirigidos y recaen en un objeto, y este es el objeto propio de la actividad, así el conocimiento tiene su objeto particular o propio.
Entonces, analizando esto, la Justicia como la virtud es un bien, y este bien o capacidad consiste en que distintas partes realicen su tarea propia según su virtud propia (recayendo en su objeto propio) de modo que permite a cada parte obtener su bien, o lo que es lo mismo, ser como tiene que ser. Y así la Justicia es un bien que permite el bien de las cosas que son parte de un todo[5], de cosas que entran en coexistencia.
Desde aquí se entiende la refutación de las hipótesis de que la “la justica es hacer bien a los amigos y mal a los enemigos”[6], y de que es la capacidad del fuerte para satisfacer su apetito o “lo que conviene al más fuerte”[7] (Trasímaco en la República). En el primer caso porque la virtud sería algo que produce mal, daña, y hace peor, al hombre (el enemigo), y la virtud es algo que debe procurar el bien del alma, y en el segundo, la definición de Trasímaco tampoco es aceptable, por las consecuencias contradictorias que se siguen, pues el objetivo y fin de cada arte. Así, el de la medicina no es médico, ni de gobernar el gobernante, ni de la navegación el piloto, sino respectivamente el enfermo, los gobernados y la tripulación, de modo que la Justicia que es una virtud para una totalidad (agregado de partes) no puede ser lo que conviene al  más fuerte pues es la capacidad de que cada parte realice su tarea y bien propio y esta no es la satisfacción del fuerte.

La Justicia desde sus efectos
La que sea la Justicia puede verse (según Platón) desde los efectos que produce, pues en los efectos ha de poder captarse la causa en cuanto esta ha de dejar una impronta; en efectos como la felicidad y el bien del alma, y más aun en los de la ciudad, se tiene que reconocer la Justicia como capacidad de realizar el bien de cada parte.
No parece que Platón nos explique con claridad cómo pueda producirse este reconocimiento de la causa en sus efectos; no obstante y en definitiva lo que dice es que la Justicia puede reconocerse como armonía (de las partes) en los efectos, como en la felicidad del hombre justo que tiene amigos y disfruta de una vida tranquila y sin temores, al contrario del tirano, personificación de la injustica extrema que le reduce a un estado de soledad y continuo temor e intranquilidad no pudiendo disfrutar realmente de nada.
Si el efecto de la justica es la amistad, la felicidad, y todo cuanto se deriva de la unión con los demás, es claro que la Justicia es unión y armonía de las partes (tanto en la ciudad, en el alma, como en cualquier agregado)
La armonía de las partes consistirá en aquella unión y coexistencia de las mismas en las que cada parte puede realizar su tarea propia y alcanzar su bien; de modo que esta unión o armonía es la capacidad que permite aquello, y Platón dirá que la Justicia será que cada parte realice su tarea propia al unísono que las demás; es decir, que la capacidad de que cada parte individualmente considerada (como algo al margen del todo o considerada en sí misma) realice su tarea propia consiste en que todas las partes realicen en conjunto y coexistencia (al unísono como si se tratase de una orquesta) su tarea propia. Para terminar, la armonía en sí misma (no ésta o aquella) es lo que expresa la Justicia en sí misma, o sea, la forma-idea de la Justicia de la que participan almas y ciudades justas, expresa que es la justica en sí misma.

Conclusión
La argumentación de las Formas-Ideas es el fundamento teórico de la doctrina de la Justicia como armonía, lo que es en sí mismo y siempre igual es lo único en todos los casos de una multiplicidad sensible, lo que se mienta y reconoce implícitamente en la conversaciones, sin decir lo que es; y es lo formal puro o puramente inteligible como lo único que permite explicar (dar razón) de la existencia y constante cambio de las cosas materiales (y de sus apariencias sensibles).
La justica se define desde el concepto de virtud, y más aún desde el de tarea propia de cada cosa, definido como capacidad de cada cosa para realizar su propia tarea; así la Justicia es una virtud humana y tiene un carácter aglutinante, pues es la capacidad de que distintas partes en coexistencia pero consideradas individualmente realicen su tarea propia; y esta capacidad o virtud es la armonía o que cada parte realice su tarea propia en conjunción con las demás.
Por lo tanto, la armonía es la expresión de la realización conjunta de tareas, y la Justicia lo que permite que cada parte realice su propia tarea.

BIBLIOGRAFÍA:
·      Felipe Martinez Marzoa “Historia de la filosofía antigua I”
·      Guillermo Fraile “Historia de la filosofía antigua: Grecia y Roma”
·      Platón “La República”
·      Teresa Oñate “El nacimiento de la filosofía, viaje al inicio de Occidente”
·      Hans Joachim Störig “Historia Universal de la Filosofía”




[1] Es cierto que Fraile deja bien clara y resumida una definición de Justica Platónica “Es una virtud general que comprende todas las demás … que tiene por objeto poner orden y armonía en el conjunto…” (pag 390) sin embargo como digo en mi introducción,  mi intención es deducir como se puede llegar a comprender esta.
[2] En “La República” Platón pone como ejemplo los oídos
[3] Platón utiliza el alma y la ciudad para establecer lo que es la Justicia.
[4] Marzoa, ayuda a entender porqué Platón usa la ciudad para establecer la idea de Justicia “…una polis, por ver si en ella, como cosa de mayor tamaño y más fácil de ver que un hombre, se percibe quizá mejor…” (pág 116) Fraile interpreta que para Platón …”la Justica en la ciudad y en el individuo consisten esencialmente en lo mismo.” (pag 396)

[5] Fraile termina definiéndola como “…la garantía y la salvaguardia del bien común” (pag 396)
[6] Simónides en “La República”
[7] Trasímaco en “La República”

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